Cuando un vuelo se retrasa o cancela, los derechos del pasajero están respaldados por la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). Estas normativas establecen una serie de opciones y compensaciones que las aerolíneas mexicanas están obligadas a ofrecer bajo diferentes escenarios.
Retrasos: ¿qué procede según la duración?
Más de 1 hora pero menos de 2
La aerolínea debe ofrecer mínimo alimentos, bebidas o descuentos para vuelos futuros hacia el mismo destino.
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Entre 2 y 4 horas
Se añade un descuento que no puede ser inferior al 7.5 % del costo del boleto.
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Más de 4 horas
El pasajero puede elegir una de estas tres opciones:
Reembolso total o parcial del boleto + indemnización no menor al 25 % del costo pagado.
Transporte sustituto inmediato, incluyendo alimentos, llamadas y correos, alojamiento (si aplica).
Nuevo vuelo en una fecha conveniente + indemnización mínima del 25 %.
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El pago debe entregarse en un plazo máximo de 10 días naturales, salvo los servicios in situ (comida, hospedaje).
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Cancelaciones y responsabilidad
Si el vuelo es cancelado por razones atribuibles a la aerolínea (no por circunstancias climáticas o fuerza mayor), aplica el mismo conjunto de opciones que en retrasos mayores a 4 horas:
Reembolso o transporte alternativo con indemnización de al menos 25 %.
Opción de reprogramación.
Servicios en tiempo real como alojamiento o comida.
Estas compensaciones están reguladas además por el Artículo 47 Bis, fracción VI, de la Ley de Aviación Civil.
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Actuación de Profeco: vigilancia constante
La Profeco vigila el cumplimiento de estas normas. En recientes temporadas vacacionales, ha intervenido en casos de Aeroméxico, Volaris y Viva Aerobus, confirmando que los pasajeros deben recibir lo estipulado por ley.
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Además, si una aerolínea no respeta estas condiciones, los usuarios pueden presentar quejas en módulos de Profeco, ya sea en aeropuertos o vía digital, para solicitar una media conciliatoria.
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Un caso emblemático: Interjet
Una demanda colectiva impulsada por Profeco concluyó con que más de 7,300 pasajeros afectados por demoras y cancelaciones de Interjet sean compensados con un pago de 144 millones de pesos, más un bono del 20 % del boleto y 9 % de interés legal.
Este caso deja claro que cuando se conocen y defienden los derechos, la ley puede funcionar a favor del consumidor.
Conclusión
Las aerolíneas mexicanas están legalmente obligadas a compensar a los pasajeros en caso de retrasos superiores a una hora o cancelaciones atribuibles a ellas, ofreciendo alternativas que van desde transporte alternativo hasta indemnizaciones del 25 %. Estas compensaciones deben efectuarse en un plazo de 10 días, salvo excepciones inmediatas como alimentos o hospedaje. La Profeco es la autoridad que vela por el cumplimiento de estas disposiciones y actúa directamente cuando los derechos no se respetan.


