En la Ciudad de México, repartir publicidad en la vía pública, conocido como volanteo, está regulado por normas de imagen urbana y disposiciones administrativas. Cuando se realiza sin autorización de la autoridad correspondiente, se considera una infracción por uso indebido del espacio público y generación de contaminación visual.
En la práctica, este tipo de infracción suele calcularse en Unidades de Medida y Actualización (UMA). En la CDMX, muchas sanciones relacionadas con uso indebido del espacio público o publicidad no autorizada se encuentran en rangos aproximados de entre 11 y 40 UMA, dependiendo de la gravedad, reincidencia y condiciones del caso. Esto puede traducirse en montos que van aproximadamente desde $1,100 hasta más de $4,000 pesos mexicanos, aunque en situaciones más estrictas o con agravantes el costo puede ser mayor.
Además de la multa económica, las autoridades pueden ordenar el retiro inmediato del material publicitario, la suspensión de la actividad y en algunos casos el aseguramiento de los folletos o herramientas utilizadas para la distribución. Si el volanteo es parte de una campaña comercial recurrente sin permisos, la sanción puede incrementarse.
Es importante entender que el objetivo de estas regulaciones no es prohibir la publicidad en sí, sino ordenar su uso para evitar saturación visual, basura en la vía pública y afectaciones al entorno urbano. Por eso existen mecanismos legales para hacer volanteo, como permisos temporales o zonas autorizadas, especialmente en eventos o campañas específicas.
En conclusión, el costo de una multa por volantear sin permiso en la CDMX no es fijo, pero generalmente se mueve en un rango de aproximadamente mil a más de cuatro mil pesos, dependiendo de la situación y la interpretación de la autoridad. Más allá del costo económico, el mayor riesgo es la sanción operativa y la prohibición inmediata de continuar con la actividad sin autorización.


